Procesos de contratación de obra son transparentes: Lino Gasca

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JUN
05
2014
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
El director general del Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Michoacán (IIFEEM), Luis Lino Gasca Aburto, lamentó el profundo desconocimiento y la frivolidad en las declaraciones del dirigente estatal del Partido Acción Nacional, Miguel Ángel Chávez Zavala, sobre supuestas irregularidades en las licitaciones públicas de obra y corrupción en el mismo sentido.

Lino Gasca precisó que hoy como nunca los procesos para la contratación de obra pública son transparentes, abiertos y de cara a la ciudadanía.

Señaló que en lo que va de esta administración, tan sólo en su área, se han realizado 18 licitaciones públicas, 2 en el 2012, 14 en el 2013 y 2 en lo que va del 2014; por lo que respecta a las invitaciones restringidas se han realizado 148, 19 en 2012, 88 en 2013 y 41 en 2014; y por lo que respecta a adjudicaciones directas, se han realizado un total de 301, 24 en 2012, 269 en 2013 y 8 en 2014, sumando un total de 467 contrataciones bajo estas tres modalidades en lo que va de la actual gestión.

Subrayó que todos estos contratos se han realizado bajo la Normativa correspondiente e incluso los que así se requieren por competencia se han realizado conforme a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento federal, procesos de contratación que obligatoriamente deben publicarse a través de CompraNet.

Por lo anterior, el director general del IIFEEM, dijo que la crítica del dirigente de Acción Nacional hacia los procesos licitatorios que llevó a cabo la dependencia a su cargo, carecen de veracidad, en virtud de que la adjudicación se ha llevado a cabo con fundamento en el Artículo 38, sexto párrafo, de la normativa aplicable, al adjudicarse los contratos a aquellos, de entre los licitantes, cuya proposición resultó solvente al reunir, conforme a los criterios establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y que, por tanto, garantizaban el cumplimiento de las obligaciones respectivas.




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