No existe difusión personalizada ni violación a ley electoral de parte de diputado local: TEEM

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OCT
28
2017
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
Al resolver el expediente TEEM-PES-003/2017, los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, por unanimidad determinaron la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña del diputado local Manuel López Meléndez así como la incompetencia para conocer sobre las supuestas violaciones denunciadas por el PRI, consistentes en la utilización de recursos públicos en espectaculares, en contravención a lo previsto en el artículo 134 de la Constitución Federal.

Lo anterior, en virtud de que el inciso (a) del artículo 254 del Código Electoral del Estado de Michoacán fue invalidado en el año 2014 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante acción de inconstitucionalidad; mientras que en cuanto a los actos anticipados de precampaña y campaña, de acuerdo al estudio, los Magistrados sostuvieron que no se encuentran satisfechos los elementos personal y subjetivos necesarios para que estás conductas se tengan por acreditadas, en atención a que de la propaganda denunciada se advierte que no tiene un fin proselitista.

Asimismo, respecto a lo publicado por el mencionado diputado local en la red social Facebook, donde hace referencia al su labor como diputado local, el pleno determinó que no existe posicionamiento ante el electorado en tiempos prohibidos por la ley.



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